Por: Prensa-Asamblea Nacional
|
marzo 11, 2015
|
Publicado en:
El plenario concluyó este 11 de marzo la Primera Sesión Ordinaria de la XXXI Legislatura.
La Diputada Alba Palacios, Primera Secretaria de la Junta Directiva de este parlamento, presentó un informe sobre el trabajo de este órgano legislativo en los primeros dos meses de 2015. Durante su intervención en el hemiciclo, pormenorizó sobre las normativas legislativas aprobadas y las sesiones plenarias realizadas entre enero y marzo de este año.
En cuanto a la legislación aprobada, dijo que ratificaron: 5 leyes, 6 decretos de carácter económico – cuyo monto total supera los US$318 mil – 3 declaraciones legislativas y 1 resolución de Junta Directiva. Por otro lado, sobre las sesiones especificó que se realizaron 4 especiales y 12 ordinarias.
| Legislación AprobadaXXXI LegislaturaPrimera Sesión Ordinaria |
| Leyes |
Decretos |
Declaraciones |
Resolución de J. D. |
| Ley Nº 893: Ley que declara el 18 de noviembre “Día Nacional de los Artesanos y de las Artesanas |
Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo Nº 2124, suscrito el 19 de enero de 2015, entre la República de Nicaragua y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), para financiar parcialmente el Proyecto Construcción y Equipamiento del Hospital Departamental de Chinandega |
Declaración de respaldo a la adopción de la Declaración de la Reunión Plenaria de Alto Nivel de la Asamblea General: la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas |
Resolución de Junta Directiva |
| Ley Nº 894: Ley del Buró de Convenciones de Nicaragua |
Decreto de aprobación del Contrato de Préstamo Nº 2150, suscrito el 04 de febrero de 2015 entre la República de Nicaragua y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), para financiar parcialmente la ejecución del Proyecto “Mejoramiento de caminos rurales y carreteras con conexión al Caribe nicaragüense” |
Declaración de la Asamblea Nacional en apoyo y solidaridad a la República Bolivariana de Venezuela y República Bolivariana de Venezuela y República Argentina por las difíciles situaciones políticas que atraviesan sus pueblos y gobiernos |
|
| Ley Nº 895: Ley de reforma a la Ley Nº 663, Ley del Sistema de Sociedades de Garantías Recíprocas para las Micro, Pequeña y Mediana Empresa |
Decreto aprobación del Convenio de Financiamiento Nº 5579-NI, suscrito el 15 de diciembre del año 2014, entre la república de Nicaragua y la International Development Association (IDA) del Banco Mundial para financiar el Proyecto de Modernización de la Gestión Financiera Pública (PMSAF) |
Declaración en apoyo y solidaridad con el Gobierno y Pueblo de Venezuela que rechaza la decisión del presidente Barack Obama de declarar a Venezuela como una amenaza contra la seguridad de los Estados Unidos |
|
| Ley Nº 896: Ley contra la Trata de Personas |
Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo Nº 2141, suscrito el 20 de noviembre de 2014, entre la República de Nicaragua y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), para financiar parcialmente la ejecución del proyecto Programa de Sostenibilidad del Sector Agua y Saneamiento Rural, que forma parte del Programa Integral Sectorial de Agua y Saneamiento Humano (PISASH) |
|
|
| Ley Nº 897: Ley que declara a Blanca Aráuz Pineda Heroína Nacional |
Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo Nº 3353/BL-NI, suscrito el 2 de diciembre de 2014, entre la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para financiar el Proyecto de Conectividad Vial de la Costa Atlántica |
|
|
|
Decreto de Aprobación de Carta con Referencia MHCP-DM-e-1267-09-14 suscrita el 29 de septiembre de 2014 por el Ministro de Hacienda y Crédito Público en representación de la República de Nicaragua, en virtud de hacer efectiva la suscripción de 265 acciones adicionales con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), de las cuales 81 son acciones del Capital Selectivo (SCI) y 184 son acciones del Capital General (GCI), aprobadas por la junta de gobernadores del Banco Mundial en las Resoluciones Nº 612 y 613 |
|
|
En el artículo 8 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo se establece que cada sesión ordinaria tiene una duración de 60 días calendario y que cada legislatura tiene cuatro sesiones ordinarias.