La independencia, soberanía y autodeterminación nacional como derechos irrenunciables del pueblo
Los Principios Fundamentales de la Constitución Política de la República de Nicaragua que están contemplados en el Capítulo Único del Título 1 de la Carta Magna, correspondió en esta semana su estudio a través del Segmento del Canal Parlamentario “Conociendo nuestra Constitución”, que promueve la Asamblea Nacional.
La explicación estuvo a cargo de la diputada María Auxiliadora Martínez, presidenta de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos, iniciando con el Artículo 1 que establece que la Independencia, la soberanía y la autodeterminación nacional, son derechos irrenunciables del pueblo y fundamentos de la nación nicaragüense.
Esta trilogía no puede separarse, son derechos que están intrínsecos entre sí, dijo la también doctora en derecho, añadiendo que “los asuntos internos y externos del país se rigen bajo estos tres principios, para que nadie establezca injerencia de ningún tipo en nuestro país ni nosotros establecer injerencia en otros estados que también son soberanos, que son Independiente”.
Sostuvo que el cuido que todos las y los nicaragüenses deben tener es que la soberanía no sea menoscabada por nadie, ni por malos hijos de la Patria, ni por extranjeros. “Si alguien menoscaba la soberanía nacional cae en traición a la patria y cae en irrespeto a la nación a nuestros símbolos y a nuestra dignidad como tal”, recalcó.
En el artículo 2 se refiere a la soberanía nacional que reside en el pueblo y la ejerce a través de instrumentos democráticos. La diputada Martínez señaló que el pueblo participa de manera organizada en el desarrollo económico, político, social y cultural. En el campo político el pueblo ejerce de manera libre el sufragio universal para elegir al presidente, al vicepresidente y diputados y diputadas y también participa en las elección de los alcaldes y alcaldesas, Consejos Municipales, Regionales de la Costa Caribe.
La Lucha por la paz y la solidaridad como principio constitucional y revolucionario
Otro principio fundamental en este capítulo es la lucha por la paz y el establecimiento de un orden internacional justo, dijo al enfatizar que Nicaragua se hace escuchar en los foros internacionales por la paz y a lo interno, promueve el diálogo por mantener la armonía, el amor al prójimo y la reconciliación. En este artículo 3 también destaca la solidaridad con los pueblos porque es además de un principio jurídico, es constitucional y es revolucionario.
“Somos solidarios en el campo internacional con todos los países que luchan contra la dominación imperialista y contra la dominación colonialista”, expresó.
La persona, la familia y la comunidad, base fundamental del Estado nicaragüense
Dijo también que la Constitución señala que el Estado nicaragüense reconoce a la persona, la familia y la comunidad como su base fundamental para su creación, y por tanto el Estado procura el bien común de todos, asumiendo la tarea del desarrollo humano de cada uno de los nicaragüenses.
El artículo cinco establece los principios que rigen al Estado nicaragüense como son la libertad, la justicia, el respeto a la dignidad de la persona humana, el pluralismo político y social, el reconocimiento a los pueblos originarios y afrodescendientes de su propia identidad, el respeto a la libre autodeterminación de los pueblos, valores cristianos, ideales socialistas, prácticas solidarias y los valores e ideales de la cultura e identidad nicaragüense.
La diputada Martínez señaló que en Nicaragua se puede circular libremente en todo el territorio nacional, también hay acceso a la justicia y de manera gratuita, hay respeto a la dignidad de las personas, y todos gozan de los derechos igualitarios.




