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PRESENTAN MOCIONES AL SEGUNDO LIBRO DEL PROYECTO DE LEY DE CÓDIGO DE FAMILIA

Por: Prensa-Asamblea Nacional

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mayo 9, 2012

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Las obligaciones de los hijos para con los padres,  la definición de vivienda familiar, la autoridad parental,  fueron  algunos de  los temas  que los miembros de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos y la Mujer Niñez, Juventud y Familia  analizaron durante la presentación de mociones al proyecto de Ley de  Código de Familia, este nueve de mayo.

La presidenta de la Comisión de la Mujer, Niñez, Juventud y Familia, diputada Martha Marina González,  comentó que se examinó el tema relacionado con las obligaciones de los hijos con los padres, madres y con los abuelos, conviniéndose que los hijos deben de brindarles a sus padres o abuelos  respeto, consideración, resguardo, protección, vivienda y asumir la responsabilidad de mantenerlos cuando estas personas se encuentren en  abandono.

Los miembros de ambas comisiones parlamentarias de igual forma, definieron en el proyecto de Código de Familia  las obligaciones  de los padres para con los hijos e hijas, estableciendo que los padres deben de brindarles a sus hijos protección, educación, vivienda, salud física y emocional hasta los 21 años, siempre que los hijos estudien provechosamente. Indicó la diputada González.

El parlamentario Carlos Emilio López miembro de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos, expresó que otros de los temas examinados por los legisladores,  fue el referido a la vivienda familiar, la cual es considerada por los legisladores como inembargable, exenta de toda carga impositiva o tributaria y que el Estado debe de protegerla. Se establece que la vivienda familiar es de los hijos y no puede ser cercenada.

Los legisladores además definieron  en el proyecto de Código de Familia, lo concerniente a la autoridad parental,  en la cual establecieron que la pueden ejercer las madres, los padres y otros miembros de la familia como abuelos, tíos o hermanos mayores. Del mismo modo,  establecieron las causas por la que se puede perder esta autoridad parental y es en casos de que las personas que la ejerzan  ingieran licor o sean tomadores consuetudinarios, los consumidores de droga, las personas que ejerzan violencia contra miembros de la familia, entre otras.

Estas mociones serán presentadas en la próxima sesión plenaria para su discusión y aprobación por el plenario.

 

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