INICIAN APROBACIÓN DE PROYECTO DE REFORMAS A LEY DE RÉGIMEN DE CIRCULACIÓN VEHÍCULAR E INFRACCIONES DE TRÁNSITO
El proyecto Ley de Reformas y Adiciones al Artículo 146 de la Ley Número 431 “Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito” fue aprobado en lo general , este 11 de febrero, con 81 votos a favor, dos en contra y dos presentes e inició su aprobación en lo particular con el artículo primero del total de los 15 que lo componen.
La iniciativa de Ley de Reformas y Adiciones al Artículo 146 de la Ley Número 431 “Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito, actualiza el valor de las multas, define los grados de alcoholemia, modifica la integración y composición del Consejo Nacional de Seguridad Vial.
El Vicepresidente de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, diputado Filiberto Rodríguez explicó “el sentido de esta reforma no es el incremento de las multas, sino incidir en la disminución de los niveles de accidentalidad y muertes en el país a causa de accidentes automovilísticos”.
Uno de los aspectos más discutido durante el debate fue el artículo 63 de la propuesta de reforma concerniente a las compañías aseguradoras y que establece de forma obligatoria el Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros para los propietarios de vehículos automotores.
En la dis
cusión y aprobación del proyecto de ley 431, participaron delegados de la Policía Nacional quienes puntualizaron que las modificaciones a esta legislación beneficiarán a la población nicaragüense. “estas reformas contribuirán a la seguridad de tránsito, a la regulación vial, mejoras en la señalización y educación, aseguró el Comisionado Mayor Jaime Vanegas Vega, Jefe de la División de Asesoría Legal de la Policía Nacional.
En el debate previo a la aprobación en lo general intervinieron en su mayoría diputados de la Bancada Alianza Partido Liberal Independiente (PLI), quienes manifestaron no estar en contra del proyecto de ley, sino en la falta de énfasis en el tema de la educación vial,“el aumentar las multas por accidentes de tránsito, no cambia la conducta del infractor, es con la educación vial. La iniciativa no establece los fondos para promover este aspecto”, puntualizó el parlamentario Luis Callejas, Presidente de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos.
El proyecto de ley en sus artículos 45 y 47 respectivamente mandata la creación del Consejo Nacional de Seguridad y Educación Vial y del Centro de Educación Vial y la Organización, Promoción y Dirección de la Educación Vial, que tendrán por objetivo la promoción de este tema desde las escuelas. En las campañas de promoción de instrucción vial podrán colaborar las distintas organizaciones de la sociedad civil que deseen participar en los programas que establezca la Policía Nacional sobre el asunto.
Propuesta del dictamen de ley sobre el valor de multas por infracciones de tránsito
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Nº |
MUY PELIGROSAS |
VALOR |
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1 |
Conducir en estado de embriaguez extrema, más de 2 gramos de alcohol por litro de sangre. |
C$ 5,000.00 |
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2 |
Conducir en estado de ebriedad, más de 1gr. de alcohol hasta 2 gr. de alcohol por litro de sangre |
C$ 4,000.00 |
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3 |
Conducir bajo efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y sustancias controladas. |
C$ 4,000.00 |
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4 |
Conducir de forma temeraria. |
C$ 3,000.00 |
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5 |
Provocar accidente y darse a la fuga |
C$ 2,500.00 |
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6 |
Conducir a exceso de velocidad de conformidad a la señalización de tránsito de conformidad al estándar establecido. |
C$ 2,500.00 |
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7 |
Estacionar en carretera, trailers, rastras y contenedores sin triángulos reflectivos u otras señales lumínicas adecuadas para la prevención de accidentes. |
C$ 1,000.00 |
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8 |
Giros indebidos en U y Zigzag. |
C$ 1,000.00 |
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9 |
Usar placas y/o circulación de otro vehículo. |
C$ 1,000.00 |
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10 |
Invasión de carril. |
C$ 800.00 |
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11 |
Trasladar mercadería o carga a granel sin la protección total de carpas o lonas. |
C$ 500.00 |
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12 |
Participar en competencias ilegales de automotores. |
C$ 1,000.00 |
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13 |
Conducir sin tener licencia de conducir. |
C$ 500.00 |
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14 |
No respetar la preferencia peatonal en las intersecciones o los cruces de colegios. |
C$ 650.00 |
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15 |
Exceso de pasajeros o de carga |
C$ 500.00
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Nº |
PELIGROSAS |
VALOR |
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1 |
Conducir cuadraciclos en ciudades y áreas no autorizadas por la Policía Nacional. |
C$ 700.00 |
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2 |
Conducir vehículos que provocan exceso de humo. |
C$ 500.00 |
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3 |
Conducir con aliento alcohólico, pero no en estado de ebriedad, de 0.5 gramos de alcohol por litro de sangre hasta1.0 gramo por litro de sangre |
C$ 300.00 |
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4 |
Conducir de retroceso en la vía pública. |
C$ 250.00 |
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5 |
Aventajar por la derecha en vías de un solo carril. |
C$ 250.00 |
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6 |
Subir pasajeros fuera de la bahía o lugares no establecidos como paradas. |
C$ 250.00 |
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7 |
Bajar o subir pasajeros por el lado izquierdo en la vía pública. |
C$ 250.00 |
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8 |
Realizar señales equivocadas sobre sus maniobras al conducir. |
C$ 250.00 |
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9 |
Conducir Vehículo en mal estado mecánico. |
C$ 250.00 |
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10 |
Provocar ruidos escandalosos y perturbadores del medio ambiente. |
C$ 450.00 |
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11 |
Circular con los vehículos sobre bulevares, aceras o andenes. |
C$ 250.00 |
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12 |
Conducir sin seguro de vehículo. |
C$ 500.00 |
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13 |
No portar triángulos fluorescentes y/o extinguidor. |
C$ 250.00 |
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14 |
No guardar la distancia entre uno y otro vehículo. |
C$ 160.00 |
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15 |
Estacionarse: a) Sobre aceras y andenes; b) Frente a hidrantes; c) Frente a garajes; d) En entradas de hospitales y clínicas; e) En estacionamientos habilitados para personas con discapacidad, accesos y/o rampas para discapacitados f) En paradas de buses, particulares o transporte selectivo; y rotondas |
C$ 160.00 C$ 160.00 C$ 160.00 C$ 160.00 C$ 160.00 C$ 160.00
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