ActividadesVisión y MisiónNormativaEFEMERIDESINFORMESUIPFOPRELPARLATINOCONVENIOS
NUESTRAS ACTIVIDADES
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La División de Relaciones Internacionales Parlamentarias promueve, coordina y da seguimiento a la Diplomacia Parlamentaria de la Asamblea Nacional con otros Parlamentos, Organizaciones Internacionales y Foros Parlamentarios.
Brinda acompañamiento y asesoría al Presidente de la Asamblea Nacional, a los miembros de la Junta Directiva y a los Diputados (as) en materia de relaciones internacionales.
Trabaja de forma coordinada con la Comisión de Asuntos Exteriores, coadyuvando al cumplimiento de las atribuciones que la Ley Orgánica del Poder Legislativo le concede a la misma.
Brinda asistencia técnica y apoyo logístico a los Diputados (as) de la Asamblea Nacional que participan en los diferentes Foros Parlamentarios de Amistad mediante la elaboración de dossiers informativos, fichas técnicas, ponencias, discursos, exposiciones.
Colabora con el trabajo realizado por los Diputados y Diputadas miembros de los Grupos Parlamentarios de Amistad (GPA) para fortalecer la Diplomacia Parlamentaria del Legislativo nicaragüense mediante los encuentros que promueven con las Misiones Diplomáticas acreditadas en el país y Delegaciones Parlamentarias procedentes de Parlamentos amigos.
Elabora propuestas de Convenios de Cooperación Bilateral Interparlamentario en el marco del funcionamiento de los Grupos Parlamentarios de Amistad que permiten el intercambio de información y experiencias en materia legislativa y el fortalecimiento de las relaciones de amistad parlamentaria.
Da seguimiento conforme agenda a las actividades promovidas por los Foros Parlamentarios Internacionales en donde la Asamblea Nacional de Nicaragua es miembro, brindando asistencia técnica a los Diputados (as) seleccionados por la máxima autoridad del Órgano Legislativo para participar en dichos encuentros y resguardando los acuerdos alcanzados durante los mismos.
Elabora Bases de Datos de los textos de tratados y convenios internacionales suscritos por el Estado de Nicaragua y decretos de adhesión, aprobación y ratificación de la Asamblea Nacional organizando la información por índice cronológico y por materia.
Analiza los tratados y convenios internacionales suscritos, aprobados y ratificados por el Estado de Nicaragua con otros países en cuatro aspectos fundamentales: situación jurídica, vinculación con las leyes nacionales, impacto económico y dinámica de discusión nacional con el objetivo de verificar el cumplimiento de los compromisos internacionales adquiridos por Nicaragua a partir de la ratificación de los mismos.
Elabora un Boletín de Noticias Parlamentarias Internacionales que permita dar a conocer el acontecer parlamentario de los países que conforman los continentes de América, Europa, Asia, África y Oceanía. Asimismo se informa sobre los principales acontecimientos de orden internacional y el desarrollo de la Diplomacia Parlamentaria del Órgano Legislativo nicaragüense.
Formula perfiles de proyectos de cooperación que una vez aprobados por la autoridad competente son gestionados ante naciones hermanas u organismos internacionales con el propósito de obtener recursos financieros necesarios para el fortalecimiento institucional.
Realiza traducciones del idioma inglés, portugués y/o francés al español de los documentos enviados por la Presidencia y la Junta Directiva de la Asamblea Nacional o cualquier otra dependencia que lo solicite.
A fin de cumplir con los informes solicitados por la División de Planificación y Desarrollo Institucional con base en las Líneas Estratégicas de la Asamblea Nacional (2012-2016), la Dirección de Relaciones Internacionales Parlamentarias elabora Informes de Gestión trimestral, Matriz Evaluativa de acuerdo con el Plan Operativo y Bases Estadísticas del trabajo realizado por el equipo de funcionarios (as) que conforman la Dirección.
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VISION:
Contribuir con el fortalecimiento de la Diplomacia Parlamentaria de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua mediante la asesoría, asistencia técnica y apoyo logístico a los actores de la misma, posicionando al Parlamento nicaragüense en un foro moderno y acorde con las necesidades actuales de la sociedad.
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MISION:
NUESTRA NORMATIVA

La Diplomacia Parlamentaria de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua contribuye con el fortalecimiento de las relaciones de amistad y cooperación con las Misiones Diplomáticas acreditadas en el país y Parlamentos homólogos a nivel internacional. Asimismo, garantiza el desarrollo y fortalecimiento en el ámbito internacional de las políticas nacionales e internacionales del Estado nicaragüense. En ese sentido, la División de Relaciones Internacionales de la Asamblea Nacional dentro del ámbito de competencias que la ley le confiere, contribuye de manera efectiva y eficaz con los diferentes actores de la Diplomacia Parlamentaria con el fin de posicionar al Órgano Legislativo nicaragüense en un Parlamento moderno que promueve al más alto nivel sus relaciones de amistad y mutua cooperación con sus homólogos.
El ejercicio de la Diplomacia Parlamentaria nicaragüense tiene su fuente en la siguiente normativa jurídica: Constitución Política de Nicaragua: Artículo 150, numeral 8, Atribuciones del Presidente de la República:”Dirigir las relaciones internacionales de la República. Negociar, celebrar y firmar los tratados, convenios o acuerdos y demás instrumentos que establece el inciso 12 del artículo 138 de la Constitución Política para ser aprobados por la Asamblea Nacional”.
Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo: Artículo 33, numeral 42, Atribuciones del Plenario: “Ejercer la diplomacia parlamentaria a través de mecanismos establecidos” Artículo 43, numerales 8, 9 y 12, Funciones de la Junta Directiva: “Nombrar de forma pluralista y con equidad de género a los Diputados y Diputadas que integran las Comisiones Interparlamentarias Centroamericanas del Foro de Presidentes y Presidentas de Poderes Legislativos de Centroamérica y la Cuenca del Caribe y conocer de sus informes y actividades; Aprobar la formación de Comisiones Interparlamentarias, Grupos Institucionales para temas específicos, Grupos Parlamentarios de Amistad con parlamentos de otros países y promover la creación y funcionamiento de éstos; Aprobar la integración de las delegaciones a eventos nacionales e internacionales, las que se compondrán de forma pluralista y con equidad de género. Artículo 45, numeral 14, Funciones de la Presidencia: “Participar, dar seguimiento e informar a la Junta Directiva de las resoluciones y acuerdos que se tomen en el Foro de Presidentes y Presidentas de Poderes Legislativos de Centroamérica y la Cuenca del Caribe.
Artículo 68, numerales 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, Comisión de Asuntos Exteriores: “Dictaminar los decretos, resoluciones o declaraciones de la Asamblea Nacional respecto a asuntos internacionales; Coadyuvar y fortalecer las relaciones interparlamentarias de la Asamblea Nacional; Impulsar y promover convenios de colaboración orientados a estrechar las relaciones con otros Parlamentos y organismos legislativos regionales e internacionales; Promover e impulsar Iniciativas de Leyes y convenios vinculados al quehacer interparlamentario; Promover y dar seguimiento a los acuerdos adquiridos por la Asamblea Nacional con los distintos Parlamentos, e informar de ellos a la Junta Directiva; Informar periódicamente a los Diputados y Diputadas de la Asamblea Nacional de todo lo relacionado al quehacer interparlamentario; Dictaminar las Iniciativas de Leyes y tratados o instrumentos internacionales referentes a las relaciones entre países Centroamericanos, y para establecer y fomentar relaciones con las Comisiones de Integración Centroamericana o similares y con los Organismos de Integración Regional; Atender y conocer todo lo relacionado con la creación, organización y funcionamiento del Parlamento Centroamericano; Todas las Leyes que tengan relación con el Sistema de Integración Centroamericana y Promover las relaciones interparlamentarias en los Foros donde participen los Diputados y las Diputadas”.
La División de Relaciones Internacionales Parlamentarias está bajo la dependencia jerárquica de la Presidencia de la Asamblea Nacional y bajo la coordinación de la Comisión de Asuntos Exteriores. Resolución de Junta Directiva No. 10-2014, Relativa a la Constitución y Funcionamiento de los Grupos Parlamentarios de Amistad: La Resolución J.D. No. 10-2014 permite que los Grupos Parlamentarios de Amistad fomenten las relaciones de amistad, solidaridad e intercambio en temas de interés parlamentario con otros Parlamentos. Son objetivos de los Grupos Parlamentarios de Amistad: Fortalecer las relaciones de amistad con parlamentos homólogos a partir del intercambio de experiencias parlamentarias para contribuir al desarrollo y cumplimiento de objetivos comunes. Promover las visitas de cortesía a la Asamblea Nacional de los embajadores de los países homólogos acreditados en Nicaragua para que conozcan el quehacer parlamentario y contribuyan a profundizar las relaciones de colaboración entre los Grupos Parlamentarios de Amistad. Intercambiar información sobre cada parlamento y divulgar a través de informes, exposiciones etc., la realidad de los países amigos. Divulgar las políticas nacionales sobre una variedad de temas y ofrecer una visión objetiva de la realidad nacional. Facilitar información sobre asuntos y temas de interés común entre los integrantes de los Parlamentos Proyectar a nivel internacional el trabajo de la Asamblea Nacional, así como también el arte, tradiciones, folkclore, cultura de nuestro país y conocer el de los países homólogos.
Resolución Administrativa No. 03-04-2012 que aprueba la Normativa de Viáticos y Pasajes Aéreos al Exterior para Diputados y Funcionarios de la Asamblea Nacional: La normativa en mención establece que los Diputados que realizan viajes oficiales al exterior, informen a su regreso, por escrito al Presidente de la Asamblea Nacional y a la Dirección de Relaciones Internacionales Parlamentarias, sobre las actividades realizadas y los acuerdos alcanzados durante la actividad de orden internacional. Resolución Administrativa No. 08-02-2012 que aprueba las Líneas Estratégicas 2012-2016 de la Asamblea Nacional: Línea Específica No. 5 Desarrollada la Diplomacia Parlamentaria Nicaragüense que permita una participación más activa de la Asamblea Nacional en el ámbito Internacional. A este Poder del Estado le corresponde el seguimiento sistemático a tratados y convenios internacionales, su inclusión en las distintas Leyes, su impacto económico así como, su dinámica en las discusiones nacionales. La Comisión de Asuntos Exteriores de acuerdo a la Ley Orgánica ejerce esta función y para ello se apoya en el área de Relaciones Internacionales de la Asamblea Nacional, por lo que se ha diseñado un Sistema de Información y Seguimiento a los Convenios y Tratados suscritos por Nicaragua. La práctica nos demostró que la prioridad de esta línea es lograr crear las bases para el desarrollo de una Diplomacia Parlamentaria. Para alcanzar esto, es importante crear un sistema, con la coordinación efectiva de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, la Comisión de Asuntos Exteriores, los Grupos Parlamentarios de Amistad y el área de Relaciones Internacionales, que potencie nuestra participación en este tipo de actividades parlamentarias. Por otra parte, la cooperación externa seguirá siendo fuente imprescindible para garantizar nuestro proceso de modernización e institucionalidad. Por ello deberemos continuar profundizando nuestra relación con el pueblo y gobierno de Taiwán y con los demás donantes. Así mismo, deberemos profundizar nuestra relación con el PNUD, por medio de la revisión del protocolo de entendimiento y la búsqueda de fuentes de financiamientos bilaterales o multilaterales, tales como el BID, BCIE, FMI, entre otros.
Los resultados que se esperan obtener en el cumplimiento de esta Línea Estratégica son los siguientes: 5.1. Rediseñado e implementado el Sistema de Información de Asuntos Exteriores de la institución. 5.2. Reorganizada y fortalecida el área de Relaciones Internacionales, a fin de que se constituya en un sólido instrumento de apoyo a la Comisión de Asuntos Exteriores en particular y al Poder Legislativo en general. 5.3. Establecidas las acciones en materia de Diplomacia Parlamentaria que garantice nuestro desarrollo y fortalecimiento en el ámbito internacional. 5.4. Facilitados los insumos al área correspondiente para la elaboración del Digesto Jurídico vinculado al ámbito internacional. 5.5. Gestionada la cooperación externa, que apoye nuestro proceso de modernización e institucionalidad. |
EFEMERIDES
2020
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Efemérides internacionales
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Enero:
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Febrero:
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CONVENIOS
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Leyes y Declaraciones en materia de relaciones internacionales aprobadas por la Asamblea Nacional.
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Asignación de Países, Foros y Organizaciones Internacionales.
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