Reforma fortalece relación entre proveedores y usuarios de servicios financieros
La Reforma a la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias fortalece y mejora la transparencia de las relaciones de consumo entre el proveedor y el usuario de los servicios financieros, afirmó el diputado Wálmaro Gutiérrez, presidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.
Tras aprobarse en el Plenario la Iniciativa de Ley de Reforma, el diputado Gutiérrez, al hablar ante los medios de prensa, aseguró que esta legislación reconoce la dimensión del Estado nicaragüense como gran consumidor y usuario, y establece medidas puntuales para los usuarios y consumidores de servicios financieros.
Consideró que el Estado de Nicaragua “garantiza bienes y servicios a 6.3 millones de habitantes en este país, por lo tanto cualquier afectación en el derecho de consumo al Estado de Nicaragua, se está afectando el derecho de consumo a 6.3 millones de habitantes, ya que el Estado se va a ver reducido en su capacidad para garantizar los bienes y servicios a toda la ciudadanía”.
En cuanto a la relación entre los consumidores y proveedores de servicios financieros, dejó en claro que esta ley “no atenta contra la autonomía de la voluntad en el ejercicio empresarial y, por otro lado, se respeta totalmente el principio de la libre contratación siempre y cuando esta contratación sea entre iguales”.
“Usted no puede negociar un contrato de adhesión que pone la institución financiera con dos opciones: que te guste y aceptarlo o que no te gusta y no firmarlo y no tener el servicio financiero, desde ahí no se está realizando una relación igual”, explicó.
Recalcó que todos los ciudadanos tienen derechos a solicitar un servicio financiero y la institución financiera tiene la responsabilidad de analizar la solicitud y tomar la decisión de brindarlo o no, pero tiene el deber de notificar y justificar los motivos fundados jurídicamente.
En el caso de que haya un servicio financiero otorgado y que haya una decisión unilateral del proveedor de servicio financiero de cancelarlo, igual, deberá notificar y justificar. El Legislador también aseveró que existen excepciones, en la que la institución financiera está obligada a no notificar y a no justificar como es en los casos relacionados al combate a la narcoactividad, crimen organizado y blanqueo de capitales.





