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Presidente de la Asamblea Nacional explica el ordenamiento jurídico de los Organismos sin Fines de Lucro

Por: Prensa-Asamblea Nacional

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mayo 24, 2022

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Nicaragua ha venido realizando un ordenamiento de los Organismos No Gubernamentales (ONG) y Fundaciones sin Fines de Lucro a través de la aprobación de leyes que garanticen su regulación, funcionamiento y cumplimiento de las normativas que las rigen.

El presidente de la Asamblea Nacional, doctor Gustavo Porras, explicó en detalle las recién aprobadas leyes para los organismos y fundaciones como la Ley Especial para el Cambio de Régimen de Personas Jurídicas y la Ley General de Regulación y control de Organismos sin Fines de Lucro, ante el auditorio televisivo de Estudio TN8.

Explicó que en el caso de la recién aprobada Ley Especial para el Cambio de Régimen de Personas Jurídicas, establece las condiciones especiales para el efectivo traslado al régimen jurídico mercantil para cinco entidades que realizan actos de comercio, que compiten en el mercado, pero que estaban inscritas como Organismos sin Fines de Lucro.

Dejó en claro que con esta nueva ley no se trata de suprimir sino de ordenar como está establecido en la legislación, porque una asociación que compite en el mercado, que tiene una actividad mercantil no puede ser un organismo sin fines de lucro, porque tiene utilidades y sería una competencia desleal si se mantiene como Organismos sin Fines de Lucro, porque estos tienen exoneraciones y un régimen tributario diferente.

“Es poner en orden, creo que se ha metido mucho temor sin necesidad, porque incluso esta ley dice claramente que van a ser traslada sin solución de continuidad es decir van a tener sus mismas posesiones, propiedades, mismos acreedores, etc. Sin solución de continuidad a demás se le da un vacatio legis de tres meses es decir que la ley hace efecto después de 3 meses para que en este periodo estas cinco entidades pongan al día su actividad, se inscriban en la nueva actividad, probablemente tenga que ver con el MIFIC y el INTUR”.

Con esta Ley, las organizaciones que se trasladan al régimen jurídico mercantil son: Asociación Española Nicaragüense, Asociación Club Terraza, Asociación Nejapa Country Club, Country Club de Chinandega, Asociación Centro Ecuestre Cocibolca (ASOCECO).

También la Asamblea Nacional aprobó la Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro, que deja en claro las facultades del Ministerio de Gobernación como órgano rector de los organismos sin fines de lucro, a través de la Dirección de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro.

El doctor Porras señaló que esta legislación establece los requisitos previos para la obtención de personalidad jurídica de asociaciones y fundaciones, y todos los deberes y obligaciones de los organismos sin fines de lucro, que aunque ya existían, pero estaban dispersas en otras leyes, tales como la Ley de Agentes Extranjeros, es decir que se incorporó en la Ley General de Regulación y Control de OSFL.

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