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PLENARIO APRUEBA REFORMA A LEY DE MUNICIPIOS

Por: Prensa-Asamblea Nacional

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mayo 31, 2012

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El plenario aprobó este 31 de mayo la Ley de Reformas e Incorporaciones  a la Ley N°40 y 261, Ley de Municipios y sus reformas, con la cual se triplica la cantidad de concejales por municipalidad y en el caso de la capital, se cuadruplica.

Con esta modificación se propone equilibrar la densidad poblacional con el número de concejales. Por ello, en el artículo 26 de la ley reformada se dispone que los municipios con una población menor o igual a 30 mil habitantes, corresponden 17 concejales propietarios y sus suplentes; a los de más de 30 pobladores, 23; aquellas poblaciones que superen las 50 mil personas, 28; los de más de 100 mil habitantes, 35; a los que sobrepasen los 150 mil, 40; a los que sea superior a 200 mil, 50; y en el municipio de Managua, que tiene la mayor cantidad de pobladores en el país, serían 80 concejales.

"Diputado Santiago Aburto"El diputado Santiago Aburto, Miembro de Bancada Democrática Nicaragüense (BDN), expresó que este incremento en el número de concejales no es necesario, pues ejemplificó que si en aquellas alcaldías con menos de 30 mil habitantes, cuatro concejales y el alcalde han trabajado bien, considera que debe continuar así. Asimismo, ejemplificó que si la municipalidad cuenta con un local para 4 ó 5 personas, con la reforma habría que aumentarlo, alquilar o comprar sillasy esos gastos recaen sobre la alcaldía. Este fue uno de los argumentos para que los 25 diputados de la BDN votaran en contra del articulado de las reformas a la Ley de Municipios.

"Diputado Juan Ramón Jiménez"Al respecto, el legislador Juan Ramón Jiménez, presidente de la Comisión de Población, Desarrollo y Municipios, destacó que el aumento de los concejales permitirá a la sociedad más oportunidades en los órganos decisorios como los gobiernos locales. Por lo tanto, habrá mayor participación de los ciudadanos con menos recursos presupuestarios para dietas de concejales, debido a que la Ley de Régimen Presupuestario ya define el porcentaje que le corresponde a cada alcaldía, señaló.

Por otro lado, se propusieron dos mociones de la Bancada Democrática Nicaragüense, una de ellas, fue presentada por parlamentario Aburto y aprobada con el respaldo de 64 votos. Sin embargo, por decisión de la jefatura y miembros de la BDN fue retirada, expresaron los legisladores Javier Vallejos y Santiago Aburto.

En el debate del artículo 1 de la reforma que cambia los artículos 25, 26, 28 numeral 15), 29, 34, 36, 71 y 72 de la vigente ley, fue presentada una moción de la diputada María Agustina Montenegro que consistió en una corrección de estilo sobre la mención de los cargos a “concejal propietario” o “concejala propietaria”.

Con la reforma, los cabildos ordinarios se realizarán cinco veces al año. Uno de ellos, será para discutir y aprobar el Presupuesto Municipal Anual y conocer el Plan de Desarrollo Municipal, y los otros cuatro cabildos, se efectuarán trimestralmente, para revisar e informar sobre la ejecución y cumplimiento de este presupuesto.

Para dictaminar esta ley, la Comisión de Población consultó el 9 y 10 de mayo a representantes de: la Asociación de Municipios (AMUNIC), Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal (INIFOM), FISE, Consejo Supremo Electoral, Contraloría General de la República, Ejército de Nicaragua y la Red Nicaragüense por la Democracia y Desarrollo Local.

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