CONTINÚA APROBACIÓN DE PROYECTO DE LEY DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL
17 artículos más del proyecto de ley de Código Procesal Civil referidos a la mediación y otras formas alternas de resolución de conflictos, fueron aprobados este 15 de abril en el plenario de la Asamblea Nacional. El artículado sancionado corresponde del 403 al 419.
El diputado Carlos Emilio López miembro de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos explicó que la normativa detalla métodos alternos para evitar la judicialización de los procesos, uno de ellos es la mediación previa al juicio, en esta las partes pueden llegar a acuerdos satisfactorios sin iniciar un proceso judicial.
Al respecto, el artículo 408 del código establece que las partes antes de interponer la demanda deben acudir a la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos (DIRAC), adscrita a la Corte Suprema de Justicia, para procurar resolver el conflicto a fin de evitar el proceso judicial, resaltó el legislador López. Este método previo a un proceso, también podrá exponerse ante un centro de mediación autorizado y supervisado por la DIRAC.
Para la mediación, el instrumento establece que habrá facilitadores judiciales que podrán mediar en materia civil, el diputado López señaló que es muy importante el rol de estos actores, “porque contribuyen a descongestionar el sistema de justicia, a disminuir los costos de inversión para la obtención de esta”, dijo.
El parlamentario López puntualizó que los facilitadores judiciales, no tienen que ser necesariamente profesionales, sino que pueden ser líderes de la comunidad, “con respaldo y reconocimiento de la colectividad, a los cuales se les nombra como amigables componedores de conflictos… sobre temas sencillos”.
En la próxima sesión plenaria se continuará con la aprobación del título II del Libro Cuarto.



