Wednesday, Jun. 17, 2026

Constitución Política de Nicaragua determina quiénes son nicaragüenses

Por: Prensa-Asamblea Nacional

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febrero 27, 2023

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Publicado en:

En Conociendo Nuestra Constitución Política, segmento del Canal Parlamentario, Canal 98, el diputado Edwin Castro, jefe de la Bancada Sandinista, aborda el Capítulo Único del Título III de la Carta Magna que refiere al tema de la Nacionalidad Nicaragüense.

Los nicaragüenses son nacionales o nacionalizados, dice el artículo 15 de la Constitución Política. El diputado Castro explicó que con ellos se determina que los nacionales son los que por derecho de nacimiento son nicaragüenses y los nacionalizados son todos aquellos extranjeros mayores de edad que optan a la ciudadanía nicaragüense.

El también Especialista en Derecho Constitucional, señaló que el artículo 16 determina quienes son los nacionales, como los nacidos en el territorio nacional excepto los hijos de los extranjeros en servicio diplomático, porque la sede diplomática es una extensión del país a quien sirven, al igual que los hijos de los funcionarios de organismos extranjero en servicio a menos que opten a la nacionalidad nicaragüense.

También son nicaragüenses de nacimiento los hijos de padre o madre nicaragüense, nacidos en el extranjero, cuyos progenitores pueden inscribirlo en cuanto nazca en el Consulado de Nicaragua, quien a su vez lo remite al Registro Civil de las Personas en nuestro país, como nicaragüense nacido en el extranjero; pero también los nacidos en el extranjero de padres o madre que originalmente fueron nicaragüenses, siempre y cuando lo soliciten cuando tengan la mayoría de edad.

Son nicaragüenses, también, los infantes de padres desconocidos encontrados en territorio nacional. El diputado explicó que si aparece un niño abandonado en territorio nacional y no se sabe su procedencia, automáticamente se tiene que registrar como nicaragüense, mientras no se demuestre su origen. Igualmente los niños de padres extranjeros que nazcan a bordo de nave, aeronaves nicaragüenses, siempre y cuando los padres lo soliciten. Detalló que las naves y aeronaves con bandera nicaragüense forman parte del territorio nacional.

La Constitución Política de Nicaragua enfatiza en la unidad centroamericana en varios de sus artículos y lo incluye en el artículo 17 que establece que los centroamericanos de origen tienen derecho a adquirir la nacionalidad nicaragüense sin necesidad de renunciar a su nacionalidad, cuando residan en Nicaragua.

Asimismo en el artículo 22 que refiere a la doble nacionalidad, el diputado Castro señaló que se da cuando hay convenios con otros países, por ejemplo Nicaragua tiene tratado de doble nacionalidad con España.

La Constitución Política en el artículo 18 le da facultad a la Asamblea Nacional a declarar en la condición de nacionales a extranjeros que se hayan distinguido por méritos extraordinarios al servicio de Nicaragua. Recordó que en los años 80 hubo varios extranjeros a quienes se les dio la condición de nacional nicaragüense.

El artículo 19 determina que los extranjeros pueden obtener la nacionalidad nicaragüense previa renuncia a su nacionalidad y cumplan con los requisitos establecidos en la legislación.

Nota en desarrollo…

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