Saturday, May. 4, 2024

CONOCIENDO NUESTRA CONSTITUCIÓN: FINANZAS PÚBLICAS

Por: Prensa-Asamblea Nacional

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mayo 22, 2023

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En el tema de las Finanzas Públicas, que corresponde al capítulo III del Título VI de la Constitución Política de la República de Nicaragua, está una de las herramientas más poderosa para desarrollar las políticas públicas del combate a la pobreza y pobreza extrema del país, dijo el diputado Wálmaro Gutiérrez al referirse a la Ley de Presupuesto General de la República.

El diputado Gutiérrez, presidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, abordó el tema de Las Finanzas Públicas, que abarca del artículo 112 al 115, en el segmento “Conociendo Nuestra Constitución Política” del Canal Parlamentario, Canal 98, explicando que el Presupuesto General de la República es una ley ordinaria con vigencia anual y contiene todos los ingresos que percibe el Estado nicaragüense.

“Desde esa herramienta es donde se destina todos los recursos denominados gastos para garantizar el  buen vivir del pueblo nicaragüense”, dijo tras señalar que  la misma indica cuáles son los ingresos que tiene nuestro país, tanto los ingresos directos, los ingresos  indirectos, la cooperación internacional, los préstamos y las donaciones y los préstamos internos a través de la  colocación de letras del tesoro o del  Banco Central.

En ese sentido explicó que los ingresos del país se derivan del Impuesto sobre la Renta (IR) el Impuesto de Valor Agregado (IVA), el Impuesto Selectivo de Consumo (ISC), el Derecho Arancelario a la Importación (DAI), los cuales están establecido en la Ley de Concertación Tributaria e indican cuánto es lo disponible para el año fiscal.

En el Presupuesto también se establece a dónde van esos recursos como en la salud, educación, infraestructura, producción, seguridad ciudadana, energía, agua, entre otros proyectos que el pueblo necesita para garantizar el buen vivir.

También la Constitución establece que la responsabilidad e formular y proponer el Presupuesto General de la República es el Presidente de la República y que es la Asamblea Nacional quien es la encargada de aprobarlo, como también aprobar cualquier modificación que se realice posteriormente.

“Este capítulo de la Constitución Política deja las reglas claras del juego de cómo se debe de aprobar el Presupuesto, y que de estos artículos se derivan leyes tan importantes como la Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario; está también la Ley de Deuda Pública”, expresó.

 

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