APRUEBAN LEY DE CONSERVACIÓN Y UTILIZACIÓN SOSTENIBLE DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA
El plenario de la Asamblea Nacional, aprobó en su totalidad este cinco de septiembre, la Ley de Conservación y Utilización Sostenible de la Diversidad Biológica, la cual tiene por objetivo fortalecer el marco jurídico en materia ambiental y garantizar un mejor control de los recursos naturales.
La aprobación de esta normativa inició el mes pasado cuando se logró aprobarla en lo general y avanzar hasta el artículo 48 en lo particular, para alcanzar su conclusión en esta sesión ordinaria.
Esta normativa viene a regular la conservación, preservación, recuperación y regeneración de la diversidad biológica silvestre y domesticada, considerando las especies, razas y variedades locales tradicionales. Establece mecanismos para la utilización sostenible de los componentes de la diversidad biológica y los procedimientos para el acceso y uso de los recursos genéticos.
También promueve la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de la diversidad biológica y fomentar y priorizar programas de investigación de ecosistemas, especies, razas, y variedades locales criollas o acriolladas.
De acuerdo al artículo 47 de esta ley, las instituciones del Estado deberán establecer los criterios para la conservación, preservación, recuperación, regeneración, aprovechamiento sostenible y uso sostenible de los ecosistemas y de las especies con equidad social y de género en relación al diseño, aplicación, evaluación y seguimiento de las estrategias, planes y acciones que desarrolle el Estado.
La ley prohíbe introducir libremente cualquier especie exótica o invasoras, sea directa o indirectamente, incluyendo las variedades naturales, domesticadas y transgénicas, que ponga en peligro la existencia de la fauna y flora nativa existentes en el país.
Toda persona natural o jurídica interesada en la introducción de especies exóticas o invasoras para su crianza, cultivo y explotación comercial tendrá obligatoriamente que cumplir con los procedimientos y normas técnicas aprobadas por la autoridad competente, de conformidad a la legislación nacional y a los instrumentos de carácter internacional que en materia de biodiversidad ha ratificado el país.
El MARENA en coordinación con otras instituciones gubernamentales, y no gubernamentales promoverá el inventario de las especies exóticas existentes en el país, distinguiendo aquellas que se comporten como invasoras, para establecer las regulaciones especificas en cada caso de conformidad con la ley de la materia
La autoridad competente mantendrá las coordinaciones necesarias y el intercambio de información general y científica con las Direcciones de Aduanas (DGA) y áreas de cuarentenas, para controlar la introducción de especies exóticas e invasoras al país, además de hacer conciencia y promoción en la ciudadanía del grave impacto que estas introducciones pueden ocasionar a la economía y al patrimonio nacional.



