Thursday, Apr. 18, 2024

Aprueban Ley para el Fortalecimiento de la Gestión del ISSDHU

Por: Prensa-Asamblea Nacional

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marzo 12, 2020

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Publicado en:

La Asamblea Nacional aprobó hoy la Iniciativa de Ley para el Fortalecimiento de la Gestión del Instituto de Seguridad Social y Desarrollo Humano (ISSDHU), con lo cual la institución pasa a ser un ente autónomo descentralizado y subordinado a la Presidencia de la República de Nicaragua.

La Iniciativa, remitida con trámite de urgencia por el presidente de la República comandante Daniel Ortega, permitirá agilizar la funcionalidad del ISSDHU y dinamizar las actividades propias de este Régimen Especial de Seguridad Social destinado para los miembros del Ministerio de Gobernación y de la Policía Nacional.

El ISSDHU fue creado mediante la Ley No. 228, Ley de la Policía Nacional, en 1996 designando al Ministro de Gobernación como Presidente del Consejo Directivo de la institución y desde el 2014 quedó adscrito a la Policía Nacional y, por lo tanto, subordinado al Director General de la institución del Orden Público.

El diputado José Figueroa, vicepresidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto,  expresó que con la aprobación hoy de la nueva Ley, el ISSDHU pasa a ser un ente autónomo descentralizado y subordinado a la Presidencia de la República.

Agregó que la función principal de este ente es administrar los fondos para los pensionados, jubilados, los discapacitados, servicios funerarios, hospitalarios, entre otros que tengan relación con la Seguridad Social tanto de la Policía Nacional y de los distintos entes que conforman el Ministerio de Gobernación.

La Ley para el Fortalecimiento de la Gestión del ISSDHU, define claramente el papel de la entidad, de su Consejo Directivo, de cómo se administran los fondos de pensiones de los miembros de la Policía y de las dependencias del Ministerio de Gobernación, explicó el diputado Figueroa.

Aseguró el Legislador que todos los beneficios que ofrece el ISSDHU se mantienen, por ejemplo los miembros activos o pensionados del Ministerio de Gobernación tienen derecho a una pensión, a la atención médica, a servicios funerarios, a tener pensión por discapacidad, por vejez, entre otros.

 

 

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