APRUEBAN 22 LEYES EN EL PRIMER SEMESTRE DEL 2014
La Asamblea Nacional en el Primer Semestre del 2014, aprobó 22 leyes dirigidas a diferentes sectores de la sociedad nicaragüense. De esta cantidad tres normativas son relacionadas al reforzamiento institucional del Estado y dos a la seguridad ciudadana.
LEYES DE REFORZAMIENTO INSTITUCIONAL
Las y los diputados en su quehacer legislativo del Primer Semestre del 2014, se dieron a la tarea de Reformar la Ley 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo. De acuerdo a los cambios el Instituto Nacional Forestal (INAFOR), dejó de estar bajo la rectoría del Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR), para ser adscrito a la Presidencia de la República, transformándose así en un ente de gobierno descentralizado, con personalidad jurídica propia, autonomía funcional, técnica y administrativa, patrimonio propio y con capacidad en materia de su competencia.
Por lo tanto, ahora el MAGFOR se dedicará a la producción de alimentos, a la seguridad alimentaria y a la exportación, en cambio el INAFOR atenderá con mayor amplitud el tema del control de las tala de los bosques.
A las legislaciones aprobadas en el Primer Semestre y dirigidas al reforzamiento institucional se suma la Reforma a la Ley 601, Ley de Promoción de la Competencia, PROCOMPETENCIA.
La enmienda surge debido a que la actual legislación ha originado conflictos de competencia entre los entes reguladores del Estado y la Institución PROCOMPETENCIA sobre la facultad de supervisar, investigar y sancionar los sectores económicos de mercados sujetos a regulación, pese a que el propio articulo 15 expresa que PROCOMPETENCIA se debe limitar a la emisión de un dictamen sobre temas relativos a su área y sin que esto signifique disminución a la capacidad legal y resolutiva propia del ente regulador.
El espíritu de la reforma es determinar de forma clara que corresponde a los entes reguladores del Estado la competencia exclusiva para conocer, instruir y resolver sobre prácticas monopolísticas en las que se vean involucrados agentes o sectores económicos de mercados sujetos a regulación.
También se deja a salvo el mecanismo de consulta por parte del Ente Regulador a PROCOMPETENCIA, con el fin de obtener mayores elementos de juicio y dejar claro que la misma tiene el carácter de no vinculante y que la no evacuación en tiempo y forma de esta consulta por parte de PROCOMPETENCIA no restringe las facultades legales del Ente Regulador para seguir conociendo hasta la resolución del caso.
La Asamblea Nacional, también en el Primer Semestre, a través de la Reforma a la Ley 711, Ley que Declara Héroe Nacional al General Augusto C. Sandino, Declaración de Patrimonio Histórico Cultural de la Nación el Conjunto Urbano de la Avenida Peatonal Augusto C. Sandino y Asignación de Bienes a la Asamblea Nacional, decide trasladar a la Alcaldía de Managua algunas de las responsabilidades del Instituto Nicaragüense de la Cultura, por considerar esta institución como la más idónea para el manejo, desarrollo y conservación del conjunto urbano.
El Poder Legislativo denominó oficialmente en el 2009 Héroe Nacional al General Augusto C. Sandino y declaró a su vez patrimonio histórico de la nación a la avenida peatonal que lleva su nombre y fue inaugurada y abierta al público el 9 de enero del 2010. En dicho paseo histórico se observan más de cien fotografías alusivas a personajes e historia de Nicaragua.
LEYES DE REFORZAMIENTO INSTITUCIONAL
- Reforma la Ley 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.
- Reforma a la Ley 601, Ley de Promoción de la Competencia, PROCOMPETENCIA.
- Reforma a la Ley 711, Ley que Declara Héroe Nacional al General Augusto C. Sandino, Declaración de Patrimonio Histórico Cultural de la Nación el Conjunto Urbano de la Avenida Peatonal Augusto C. Sandino y Asignación de Bienes a la Asamblea Nacional
LEYES SOBRE SEGURIDAD CIUDADANA
Las y los parlamentarios en los primeros meses del año aprobaron las Reformas y Adiciones a la Ley 181, Código de organización, Jurisdicción y Previsión Social Militar, normativa que actualiza su marco jurídico con la inclusión de nuevas estructuras militares que se han creado desde 1994, fecha que se aprobó por primera vez esta legislación.
Entre las nuevas estructuras incorporadas en el popularmente conocido como “Código Militar”, se destaca el Cuerpo de Ingenieros, el Cuerpo de Transmisión, el Batallón Ecológico y la Dirección de Asuntos Civiles.
Las reformas además de añadir a la jurisdicción de la Ley 181 nuevas organizaciones militares, incluyen conceptos relacionados a una treintena de leyes que han sido aprobadas en los últimos 20 años y que se relacionan al quehacer y trabajo del Ejército de Nicaragua. Entre estas leyes se encuentra el Código Penal Militar, Ley de Costa, Ley del Medio Ambiente, Ley de Aeronáutica, Leyes de Defensa Nacional, Seguridad Democrática y de Régimen de Fronteras.
En este mismo periodo, el Plenario de la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Organización, Funciones, Carrera y Régimen Especial de Seguridad Social de la Policía Nacional. La norma incluye el modelo preventivo, proactivo y comunitario que ha venido desarrollando la institución del orden público en los últimos años y que ha sido reconocido a nivel regional.
La legislación dirigida a un poco más de 13 mil efectivos policiales, reincorpora más de 20 especialidades y órganos de apoyo, entre ellos; la dirección de seguridad aeroportuaria, dirección de operaciones especiales policiales, la comisaría de la mujer, niñez y adolescencia, la dirección de asuntos juveniles, dirección de contrainteligencia policial, y la dirección de policía turística.
La nueva normativa que deroga la Ley 228 Ley de la Policía Nacional, extiende a 65 años la edad de retiro de los oficiales y a 40 años el de servicio, también establece que la institución del orden público está supeditada al Ejecutivo, siendo el Presidente de la República su jefe supremo y reafirma que es un cuerpo de naturaleza civil para promover y proteger la vida y la integridad de las personas.
LEYES SOBRE SEGURIDAD CIUDADANA
- Reformas y Adiciones a la Ley 181, Código de Organización, Jurisdicción y Previsión Social Militar.
- Ley de Organización, Funciones, Carrera y Régimen Especial de Seguridad Social de la Policía Nacional.



