APROBAMOS ARTÍCULO PRIMERO DE LA LEY DE REFORMAS Y ADICIONES AL CÓDIGO DE ORGANIZACIÓN, JURISDICCIÓN Y PREVISIÓN SOCIAL MILITAR
Por orientaciones de la Presidencia de la República, Comandante Daniel Ortega y Compañera Rosario Murillo aprobamos unánimemente este martes el Artículo Primero de la Ley de Reformas y Adiciones a la Ley No.181, Código de Organización, Jurisdicción y Previsión Social Militar con el objetivo de armonizar esta normativa con los postulados establecidos en la Constitución Política de la República.
La Ley reafirma la subordinación del Ejército de Nicaragua a la Presidencia de la República, Jefatura Suprema; y promueve la vanguardia de nuestras Fuerzas Armadas ante los avances tecnológicos y nuevos desafíos de seguridad con el propósito de garantizar la Paz, la Defensa de la Soberanía Nacional, Independencia, Autodeterminación e Integridad Territorial para Bienestar de nuestro Pueblo.
La normativa establece que nuestro Ejército es heredero del Ejército Defensor de la Soberanía Nacional del General Augusto C Sandino y que el período del Comandante en Jefe, nombrado por la Presidencia de la República, será de 6 años.
De la misma manera este Cuerpo de Ley instituye los Tipos de Fuerzas Militares, Símbolos, Emblemas, Insignias y Distintivos Militares de nuestro Ejército, mismo Pueblo uniformado y organizado para defender la Paz.




