Constitución Política de Nicaragua: Ley suprema de todo el sistema jurídico del país
La Asamblea Nacional continúa con la promoción del estudio de la Carta Magna, explicando a través del Segmento del Canal Parlamentario “Conociendo nuestra Constitución” sobre su definición, estructura y preámbulo.
El doctor en derecho constitucional, el diputado Carlos Emilio López Hurtado, señaló que nuestra Constitución Política se encuentra en la cúspide del marco jurídico de nuestro país , haciendo énfasis al pensamiento del jurista europeo Kensel de que la Constitución es una supra norma Jurídica que ocupa una posición de supremacía de todo el sistema legal del país y que todas las demás leyes están subordinadas, supeditadas por debajo de la Constitución.
“No puede haber una ley, un código, una normativa, una resolución, no puede haber ningún cuerpo jurídico, ya se aprobado por el Poder Legislativo o aprobado en el ámbito administrativo o en cualquier otra esfera u órgano e institución del Estado que contradiga a la Constitución”, detalló López Hurtado.
Organiza el Estado y los derechos
Otro rol importante que juega la Constitución Política es que es la Ley fundamental que organiza el Estado. Ella define cuántos poderes del Estado hay, cuántos órganos, cuántas instituciones, cuántas entidades descentralizadas, o autónomas existen en el país.
De igual manera la Constitución define el catálogo de derechos, una lista amplia de derechos donde las personas y las colectividades aparecen como sujetos, titulares de derechos y el Estado. La comunidad tiene la obligación de cumplir con esos derechos.
También la Constitución es una norma de convivencia social, que estable los parámetros y lineamientos para que una sociedad viva en paz y armonía.
División de la Constitución
El doctor López Hurtado añadió que la Carta Magna se divide en el Preámbulo, la parte introductoria y en el Articulado, este último el cuerpo normativo donde están los preceptos, disposiciones, derechos, garantías, libertades y demás postulados constitucionales.
En el caso de nuestra Constitución Política tiene 11 títulos y 202 artículos de los cuales el Literal E del artículo 171, así como el 198, 199, 200 y 201 han sido derogados y estos 4 últimos se encuentran en las disposiciones finales.
El artículado de nuestra supra norma se encuentra dividido en dos grandes bloques, la parte dogmática y la parte orgánica. En la primera se encuentran los derechos, garantías y libertades del pueblo de Nicaragua y en la segunda se plasma las atribuciones y competencias de todos los poderes e instituciones del Estado.
Los principios, la naturaleza, la característica del Estado y la nacionalidad nicaragüense van del artículo 1 al 22. Ahí se establece que el Estado de Nicaragua es libre, soberano, independiente y que es un Estado democrático, social y de derecho. Igualmente consigna que son deberes y derechos del pueblo, la soberanía, autodeterminación, e independencia , que el pueblo es el soberano y que esa soberanía el pueblo la ejerce a través de las instituciones democráticas.
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