Continúan consultas sobre la Ley de Regulación de Agentes Extranjeros
En el proceso de consultas a la Iniciativa de Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto recibió hoy a representantes del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, del Banco Central de Nicaragua y a la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras.
El diputado Wálmaro Gutiérrez, presidente de la Comisión, definió que el agente extranjero a que se refiere la ley es aquellas personas naturales o jurídicas que representando intereses legítimos puede ser de gobiernos e instituciones gubernamentales, instituciones no gubernamentales, asociaciones, sociedades de cualquier carácter por ejemplo mercantil o comercial extranjera canalizan recursos para la realización de funciones específicas y licitas dentro del territorio nacional.
Señaló que “se ha tratado descalificar y satanizar la figura de agentes extranjeros, pero el objetivo de esta ley es de que esas personas que representan intereses legítimos legales de una entidad extranjera en el país tengan como único requisito para continuar con su labor normal inscribirse a un registro que se va a crear por mandato de esta ley en el Ministerio de Gobernación.
Sin embargo, indicó que “otra cosa es que actuando como agente extranjero y canalizando o recibiendo recursos del extranjero desarrolle actividades que se riñan con la Constitución y con la ley, por ejemplo actos de injerencias”.
También aclaró que esta ley “no es punitiva, ya que el Código Penal de la República de Nicaragua ha establecido incluso los delitos a la Constitución, delitos contra la paz, delitos contra la seguridad soberana de la nación, en otras palabras no es esta ley la que establece por ejemplo los delitos contra la seguridad de la nacional”.
Agregó que tampoco esta ley crea delitos como los que compromete la paz que son los actos hostiles, la violación del inmunidad, violación de secretos de estados, la infidelidad diplomática, etc., estos son delitos que desde el año 2008 ya se encuentran en el Código Penal de la República de Nicaragua.
“No se está pensando que ningún agente extranjera cumpla requisitos para venir a delinquir. Esta ley no es punitiva, lo único que te dice es que si usted viene aquí a representar intereses extranjero en territorio nacional, venga inscríbase, eso es todo”, puntualizó.





