ANALIZARÁN AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE REPOSICIÓN DE PARTIDAS DE NACIMIENTO
La Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos – por mandato del Plenario – será la responsable del análisis y dictamen de la iniciativa de Ley de Ampliación del Plazo de Vigencia de la Ley número 10, “Ley Complementaria de Reposición de Partidas de Nacimiento”, enviada por la Corte Suprema de Justicia en junio del presente año.
La citada legislación que facultaba a las y los jueces Locales del país para conocer y tramitar los asuntos de rectificación y reposición de certificados de nacimiento esta derogada.
En la actualidad, dichos procedimientos se gestionan de acuerdo a lo establecido en los artículos 567 y 578 del antiguo Código Procesal Civil de Nicaragua los que facultan únicamente a las y los Jueces de Distrito Civil para tramitarlos. Dichos jueces se encuentran ubicados principalmente en las cabeceras departamentales y en algunos municipios, dificultándose así el acceso a la justicia para los ciudadanos y ciudadanas que viven en las zonas rurales del país.
“En diciembre del año 2014 se venció el plazo que año con año ha venido prorrogando la Asamblea Nacional para que jueces locales formalizarán los asuntos de reposición de partidas de nacimiento… Al vencer este plazo, quienes conocen estos casos son únicamente los jueces de distritos, ubicaos en las cabeceras departamentales, dificultándoles el acceso a estos trámites a la gente de los territorios y sobre todo a las que habitan en las áreas rurales”, aseguró la diputada Irma Dávila, presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos.
La Asamblea Nacional recién aprobó el nuevo Código Procesal Civil – que deroga al actual que data de 1906 – y establece un procedimiento oral, al igual que faculta a las y los jueces locales para conocer y tramitar partidas de nacimiento, ajustándose a las necesidades jurídicas y sociales de nuestro país, sin embargo el mismo entrará en vigencia un año después de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.



