APRUEBAN PROYECTO DE REFORMA A LA LEY 582
Por unanimidad legisladores aprobaron este 26 de marzo el Proyecto de Reforma y Adiciones a la Ley 582, Ley General de Educación. La enmienda fue hecha al artículo 82 de dicha normativa, donde se deja establecido que los centros o institutos de investigación que ofrezcan estudios de formación continua, únicamente podrán emitir certificados o diplomas, sin pretender sustituir en ningún caso a aquellas instituciones de educación Superior que conforme a la legislación de la materia son creadas y tienen la facultad de extender títulos universitarios.
Según el fundamento de la reforma, “los estudios de formación continua o actualización, postgrado, especialización, maestría y doctorado, serán ofrecidos por una institución de educación superior debidamente acreditada por el Consejo Nacional de Universidades, CNU”.
“Esta reforma es el inicio del proceso de buscar cómo normalizar el sistema de educación superior, hoy dimos el primer paso (…) ya estaban comenzando a proliferar una cantidad de institutos de naturaleza privada que al amparo de la Ley General de Educación se estaban constituyendo y estaban comenzando a ofertar maestrías y postgrados y estos estaba amenazando con extenderse en todo el país(…) con esta reforma se deja claro que los únicos que pueden emitir títulos profesionales son las universidades acreditadas por el CNU”, dijo el Diputado Mario Valle, Presidente de la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación.
La reforma a la Ley 582 no es retroactiva, es decir que los ciudadanos que hayan estudiado y se les haya entregado un título profesional en los institutos tales como; el Iberoamericano de Estudios e Investigación; de Administración y Políticas Públicas y el Centro de Estudios Tributarios, Administrativos y Empresariales, no serán perjudicados, según declaraciones del presidente del CNU, Telémaco Talavera.
“Las personas que tiene sus títulos emitidos por estos institutos deben ser reconocidos y validados, no podrían ser perjudicados (…) estos institutos no pueden emitir nuevos títulos y nuevos institutos no podrán hacerlo, pero las personas pueden estar tranquilas porque no hay un efecto retroactivo que les afecte a ellos”, dijo el titular del CNU.
La Reforma y Adiciones a la Ley 582, Ley General de Educación, fue dictaminada por la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Medios de Comunicación, quienes consultaron en su momento a autoridades de los Centros o Institutos de Estudios e Investigación existentes en el país.



