2017: Reformas judiciales para garantizar la seguridad ciudadana
Durante el 2017 la Asamblea Nacional aprobó importantes reformas al Código Penal de Nicaragua o Ley 641, a la Ley 779 y al Código Procesal Penal con el fin de incrementar la seguridad ciudadana y en función de frenar los actos de violencia sobre todo en contra las mujeres y la familia.
“Estas reformas contemplaron en alguna medida aumento de algunas penas y el hecho de que algunos delitos no podían tramitarse con el reo fuera de la cárcel sino en prisión preventiva, entre ellos los femicidios, los asesinatos”, expresó la diputada María Auxiliadora Martínez, presidenta de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos al realizar el recuento de las leyes en materia de justicia consultadas y dictaminadas por ese órgano parlamentario y aprobadas por el Plenario.
Con las reformas se establecen incrementos de penas que oscilan entre los cinco y los 10 años para las penas de parricidio, asesinato, violación a menores y violación agravada. También endurecen las penas en los casos de homicidios imprudentes agravados, cuando ocurren en los accidentes de tránsito.
“Un conductor que comete un homicidio en estado de ebriedad pasa a ser procesado bajo prisión preventiva y no bajo libertad”, señaló la Parlamentaria.
Dentro del área penal la Asamblea Nacional aprobó una reforma y adición a la Ley de Prevención, Investigación y Persecución del Crimen Organizado y de la Administración de los Bienes Incautados, Decomisados y Abandonados. “Esta reforma consistió en la recomposición de la comisión integrada por las diferentes instituciones del gobierno y de diferentes organismos y que tiene que ver con la conducción y el procesamiento de las personas que cometen este tipo de crímenes”, dijo la diputada.
La modificación legislativa viene a establecer mecanismos que permitan a los bancos y financieras recurrir a reclamar todos aquellos bienes que han sido incautados por estar involucrados en narcotráfico, crimen organizado y lavado de dinero. Esta disposición es solamente para bienes que están prendados o en garantías de cualquier institución bancaria de país.
Bienes hipotecados y embargados
La diputada Martínez también se refirió a la reforma a la ley 902 del Código Procesal Civil de la República de Nicaragua que consideró de muy importante y de gran beneficio para la población que adquiere créditos bancarios.
“Esta reforma es muy importante porque nos manda a revisar los valores de los bienes hipotecados y de los bienes embargados, porque al momento de ser ejecutados y si se considera que tiene un valor superior a la deuda, en este caso el acreedor que puede ser el banco o una microfinanciera tiene la obligación de devolver al deudor el excedente del valor del bien hipotecado o el bien embargado”, explicó.
Aprobado Digesto en materia de propiedad inmueble
Durante la legislatura pasada también fue aprobado el Digesto en materia de Propiedad Inmueble. “Es un digesto que contiene 24 normas vigentes, una norma internacional 500 normas no vigentes y 12 normas consolidadas”, dijo.
Agregó que este digesto “fue un gran logro porque el tema de la propiedad es bastante complicado, pero creemos que es un instrumento que va a facilitar tanto a los usuarios de la justicia, a los abogados litigantes, jueces a tener un instrumento donde encuentren en un solo documento todas las leyes que tenga que ver en materia de la propiedad de inmuebles”, señaló.
Por María Elena Palacios.



